domingo, 19 de diciembre de 2010

HOJA 42

LA PALABRA DE DIOS



“Pues el Señor, por su cuenta, os dará una señal. Mirad: la virgen está encinta y da a luz un hijo, y le pondrá por nombre Emmanuel (que significa: `Dios-con-nosotros`).” Isaías 7, 14 (Primera Lectura)

“José, su esposo, que era bueno y no quería denunciarla, decidió repudiarla en secreto. Pero apenas había tomado esta resolución se le apareció en sueños un ángel del Señor, que le dijo: José, hijo de David, no tengas reparo en llevarte a María, tu mujer, porque la criatura que hay en ella viene del Espíritu Santo. Dará a luz un hijo, y tú le pondrás por nombre Jesús, porque él salvará a su pueblo de los pecados. Mateo 1, 19-21. (Evangelio)

ORACIÓN

Derrama, Señor, tu gracia sobre nosotros, que por el anuncio del ángel hemos conocido la encarnación de tu Hijo, para que lleguemos por su pasión y su cruz a la gloria e la resurrección.

PLEGARIA EUCARISTICA



En verdad es justo darte gracias, Señor,

Padre santo, Dios todopoderoso y eterno.

Te alabamos, bendecimos y glorificamos

por el misterio de la Virgen Madre.

Porque, si del antiguo adversario

nos vino la ruina,

en el seno virginal de la hija de Sión ha germinado

aquel que nos nutre con el pan de los ángeles,

y ha brotado para todo el género humano

la salvación y la paz.

La gracia que Eva nos arrebató

nos ha sido devuelta en María.

En ella, madre de todos los hombres,

la maternidad, redimida del pecado y de la muerte,

se abre al don de una vida nueva.

Así, donde había crecido el pecado,

se ha desbordado tu misericordia

en Cristo, nuestro Salvador.



AL HILO DE LA PALABRA



¿Quién no recuerda aquellas solicitudes o cartas –que había que escribir en papel de barba- dirigidas al Teniente Coronel o Gobernador civil? Había un encabezamiento que precedía al motivo de la misiva o exposición del deseo y un final, siempre igual: Dios guarde a usted muchos años… Ese era el marco, el cliché literario que arropaba el contenido de lo que uno deseaba exponer. De esto hay mucho en la Escritura Santa; al fin y al cabo, aunque singularmente orientada por Dios, está escrita por hombres y para hombres. Efectivamente, el autor sagrado para transmitirnos una verdad salvadora recoge un esquema o cliché, que conocemos como de “anuncios”, en ellos intervienen un ángel, o puede suceder en medio de un “sueño”. En este pasaje evangélico tenemos los dos.

Un personaje divino se presenta ante un hombre o una mujer a quienes tiene perplejos o dolientes una situación difícil. El personaje divino interpela a José con un nombre que define ya la misión que le va a ser confiada: “José, hijo de David”; es decir, Jesús será el destinatario de las promesas hechas por Dios a David y su descendencia. Después el personaje divino, fiel a ese esquema literario, hace una reflexión sobre la situación que vive José y describe la misión que le va a ser confiada con vistas a un cierto futuro que hay que esperar… Él salvará a su pueblo…

Lo que se trata también de subrayar es que Dios está actuando en la vida e historia de los hombres de manera secreta, -en sueños-, sin aquellos testigos –por un ángel- que en la vida normal tenemos. En otras palabras, Dios no está lejos de nosotros, de nuestra vida, actúa en nuestros corazones de modo sigiloso y eficaz y lo hace con una finalidad salvadora extendida a todos. Su plan, en este caso la llegada de su Hijo a esta tierra, lo lleva adelante; es la Historia de la salvación. Es una historia de diálogo amoroso; Él lo inicia y nos invita a la respuesta colaboradora, a que acojamos su proyecto sobre nosotros –como en el caso de José- en beneficio y a favor del pueblo, de todos los pueblos. La Encarnación del Hijo eterno del Padre la lleva a cabo el Espíritu Santo; ello es indudable. Pero también tienen parte, nada desdeñable, la fe y confianza de María y José; fe y confianza acreditadas en dolorosa oscuridad. Dios entra en la historia humana, llega a nuestras propias vidas por caminos insospechados, y en cada llegada nos encomienda un encargo a realizar, por nuestro bien, a favor de todos.

NOTICIAS

+Muchas gracias a todos cuantos, en estos días, estáis preparando los nacimientos en nuestras iglesias. Ayudan a centrarnos en el Misterio santo que es la Natividad del Señor, fiesta de alegría, silencio y adoración.

+ En la hoja anterior poníamos una página sobre la soledad, interioridad y silencio. Os animamos a releerla de nuevo, con calma. Tal vez, hoy más que nunca, estamos muy necesitados de ámbitos de silencio y reflexión, de tomar distancia física e interior de tanto reclamo, palabrería, propaganda y rumores de cotilleo casi siempre, por no decir siempre, falsos. Busquemos momentos de silencio, éstos engendran las buenas decisiones.

+ El próximo mes de enero se confirmará en Palacios un grupo de 13 jóvenes-adultos 18 a 40 años que llevan preparándose durante el este año 2010. Cuando nuestros padres y abuelos eran más jóvenes solían haber confirmaciones masivas el día que venía el Sr. Obispo de visita pastoral. Hoy los tiempos han cambiado, quien desea recibir el sacramento de la confirmación lo hace como una opción personal, como un compromiso creyente. Podemos afirmar que la mayoría de edad en la Iglesia se logra al recibir el sacramento de la confirmación. El don del Espíritu Santo que recibimos en este sacramento nos impulsa a ser testigos del evangelio de Jesucristo y miembros activos en la Iglesia, con todos los derechos y deberes.

LOS PADRINOS DE BAUTISMO SEGÚN EL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO DE LA IGLESIA CATÓLICA.

Canon 872: En la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.

Canon 873: Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.

Canon 874 § 1: Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:

1º. haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla;

2º. haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una excepción;

3º. sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;

4º. no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;

5º. no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.

§ 2: El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo.

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